El pasado mes de noviembre se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, a través de la que se adoptan, entre otras, nuevas medidas en los ámbitos financiero y concursal.
A continuación, se enumeran de forma resumida las principales medidas establecidas en el Real Decreto:
1. Apoyo a la solvencia empresarial:
- Extensión de los plazos de vencimiento y de carencia de las operaciones de financiación a autónomos y empresas que han recibido aval público a través del ICO.
Las empresas y autónomos que lo soliciten y que cumplan con los criterios establecidos, principalmente que no se encuentren en situación de impago ni incursas en procedimiento concursal, podrán disponer de una ampliación en el vencimiento de los préstamos de la Línea de Avales del ICO para liquidez de hasta tres años adicionales, con un máximo de ocho años, desde los cinco actuales.
Adicionalmente, podrán gozar de un plazo adicional de carencia en el pago del principal de 12 meses, siempre y cuando la carencia total no supere los 24 meses.
2. Aspectos mercantiles:
- Se extiende hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes de concurso necesario presentado por los acreedores.
También se amplía el alcance temporal de las medidas de inadmisión a trámite por el juez de las solicitudes de incumplimiento de convenio que presenten los acreedores y de las solicitudes de incumplimiento de acuerdo de refinanciación.
- Se amplía el plazo de vigencia durante el ejercicio 2021 para que las juntas generales o las asambleas de socios puedan celebrarse por medios electrónicos, cuando no esté previsto en sus estatutos, garantizando así los derechos de los asociados o socios minoritarios que no pudieran desplazarse físicamente hasta el lugar de celebración de la junta o la asamblea.
3. Impuesto sobre el Valor Añadido:
- Se prorroga hasta el 30 de abril de 2021 la rebaja al 0% del IVA aplicable a la compra de determinados productos sanitarios como mascarillas, guantes, gafas, gorros, batas impermeables, termómetros, respiradores, y diversos elementos de protección individual por parte de entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social.
- Se rebaja hasta el 31 de diciembre de 2021, el IVA de las mascarillas al tipo super-reducido, bajando del 21% al 4%.