Como consecuencia de los negativos efectos económicos provocados por el Covid-19, el legislador introdujo en marzo de 2020 una medida excepcional, denominada “moratoria concursal”, que suspendió de manera temporal el deber de solicitud de concurso y que protegió al deudor frente a solicitudes de concurso necesario, todo ello con el propósito de evitar que empresas que podían ser viables en condiciones normales de mercado, se vieran abocadas a un eventual concurso de acreedores.
Tras varias prórrogas, la moratoria concursal ha llegado a su fin el 30 de junio de 2022, de manera que, a partir del 1 de julio de 2022 y en el plazo de dos meses, los deudores que se encuentren en estado de insolvencia actual deberán solicitar la declaración de concurso de acreedores.